0
0
Subtotal: $0.00

No hay productos en el carrito.

No hay productos en el carrito.

Mi carrito $0.00
0
0
Subtotal: $0.00

No hay productos en el carrito.

No hay productos en el carrito.

0
0
Subtotal: $0.00

No hay productos en el carrito.

No hay productos en el carrito.

Ludivina Flores: El impacto de las obligaciones fiscales de las Pymes en México

Ludivina Flores // Fotografía proporciona por la autora

Las pequeñas y medianas empresas (Pymes) representan el 99.8% de las empresas en México y son un pilar fundamental de la economía nacional. Sin embargo, estas empresas enfrentan numerosos desafíos, entre ellos, el cumplimiento de las obligaciones fiscales, que puede afectar su capacidad de crecimiento y sostenibilidad.

El “Estudio sobre la Demografía de los Negocios (EDN) 2023″ del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) proporciona una visión detallada sobre la situación de las Pymes entre mayo de 2019 y mayo de 2023, revelando tanto el nacimiento como la muerte de estos establecimientos. En ese periodo nacieron 1.7 millones y murieron 1.4 millones de Pymes.

Las Pymes aportan aproximadamente el 52% del PIB nacional y generan alrededor del 72% del empleo formal en México, subrayando su relevancia en el tejido económico y social del país. El tiempo y los recursos dedicados al cumplimiento fiscal pueden desviar la atención de las actividades principales del negocio, limitando su capacidad de crecimiento e innovación.

Además, el miedo a cometer errores y enfrentar sanciones puede generar una carga adicional de estrés para los propietarios de Pymes, ya que el cumplimiento de las obligaciones fiscales es una tarea compleja que requiere tiempo y recursos, elementos que muchas Pymes suelen tener en cantidades limitadas.

Desde la correcta declaración de impuestos hasta el mantenimiento de registros contables detallados, la adaptación a los cambios regulatorios, y las exigencias laborales y fiscales, entre otros, son una carga abrumadora para estas empresas.

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) entró en vigor el 1 de enero de 2022. Este régimen fue diseñado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) con el objetivo de simplificar las obligaciones fiscales para personas físicas y morales con ingresos menores a ciertos límites, facilitando así su formalización y cumplimiento tributario.

El RESICO para Personas Físicas, es una simplificación administrativa para que el pago del impuesto sobre la renta (ISR) se realice de forma sencilla, rápida y eficaz. Está orientado a estos contribuyentes que perciben ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos. Las actividades incluidas en este régimen son Actividades empresariales y profesionales; Régimen de Incorporación Fiscal; Uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento); y Actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas.

Este régimen beneficia al 82% de los contribuyentes personas físicas, quienes deben pagar entre el 1 y el 2.5% de sus ingresos sin posibilidad de deducir gastos, dado que las tasas de pago de ISR son significativamente menores que las del régimen general.

El RESICO para Personas Morales incluye a las sociedades constituidas únicamente por personas físicas. Los ingresos totales no deben exceder los 35 millones de pesos anuales. Más de 2 millones de personas morales constituidas como Pymes se benefician de este régimen.

La simplificación administrativa del RESICO incluye medidas que buscan facilitar el cumplimiento fiscal y mejorar la liquidez de las empresas. En este régimen se precarga la información sobre ingresos y egresos en las declaraciones fiscales, simplificando la determinación de impuestos.

Además, la tributación se basa en el flujo de efectivo, considerando solo los ingresos y egresos efectivamente facturados y pagados, a diferencia del régimen general, donde se acumulan los ingresos y egresos con base en lo devengado. Se elimina el uso del coeficiente de utilidad y se incrementan los porcentajes para acreditar inversiones, proporcionando así un entorno más favorable para el crecimiento y sostenibilidad de las Pymes.

Los contribuyentes que tributan bajo el RESICO quedan relevados de presentar ciertas obligaciones fiscales como la contabilidad electrónica mensual y la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT). Sin embargo, si deben llevar contabilidad para efectos del IVA y del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS).

¿Quiénes No pueden ser RESICO?.Las personas físicas no pueden tributar bajo el RESICO si son socios accionistas o integrantes de personas morales, salvo excepciones; Residen en el extranjero y tienen establecimientos permanentes en el país; Tienen ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes; o si Aplican otros beneficios o estímulos fiscales.

Las personas morales no pueden tributar bajo el RESICO si uno o varios de sus socios o accionistas participan en otras sociedades mercantiles donde tengan el control de la sociedad o de su administración, o cuando sean partes relacionadas; si realizan actividades a través de fideicomiso o asociación en participación; o tributen en otros regímenes específicos.

La adopción de herramientas tecnológicas es crucial para que las Pymes puedan manejar sus obligaciones fiscales de manera más eficiente. Las plataformas de contabilidad en línea y software de gestión fiscal permiten automatizar procesos, reducir errores y ahorrar tiempo. Estas soluciones también facilitan la generación de reportes financieros precisos y el cumplimiento de normativas fiscales, aliviando la carga administrativa y permitiendo a los empresarios enfocarse en el crecimiento y la innovación de sus negocios.

El cumplimiento de las obligaciones fiscales sigue siendo un desafío significativo para las Pymes en México. Sin embargo, con el apoyo de herramientas tecnológicas, con la asesoría profesional y políticas gubernamentales favorables, estas empresas pueden continuar siendo una fuerza vital en la economía mexicana.

Si desea obtener un mejor panorama de estos temas les recomendamos revisar la página del ICPNL (https://icpnl.org.mx/) donde podrán encontrar opciones de cursos relacionados y otros documentos de utilidad publicados diariamente.

Esta es una columna de opinión. Las expresiones aquí vertidas son responsabilidad únicamente de quien la firma y no necesariamente reflejan la postura editorial del ICPNL.

La autora es miembro de la Comisión Editorial del ICPNL.

Contacto: [email protected]

Información recibida por el periódico El Financiero, 25 de junio del 2024.

https://www.elfinanciero.com.mx/monterrey/2024/06/25/ludivina-flores-el-impacto-de-las-obligaciones-fiscales-de-la-pymes-en-mexico

Próximos eventos

F1567FS503- Razón de Negocios y Materialidad CFF

F1568FS504- Ley del ISR-Personas Físicas

R0038OT244 Comunicación efectiva y aplicada

F1566FS502-Ley del ISR-Personas Morales

X1544FI225- Finanzas para Emprendedores

También te puede interesar